A) Realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, sujeto a los permisos y licencias que otorgue la Secretaria de Comunicaciones y Transportes en base a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como a la normativa y reglamentos que se expidan por esta y otras dependencias del Ejecutivo Federal. B) La prestación, explotación y el establecimiento del servicio público de autotransporte de carga federal en general y carga especializada, comprendiendo de manera enunciativa, mas no limitativa, la transportación de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos, en los caminos, puentes, rutas o tramos de Jurisdicción Federal o de Jurisdicción Local, autorizados mediante las concesiones o permisos que para tal efecto le otorgue a la sociedad la Secretaria de Comunicaciones y Transportes y/o el Gobierno Local correspondiente; o mediante las concesiones que la Sociedad reciba en transferencia o en virtud de concesiones o permisos que en goce le otorguen los propios socios y que autoricen las autoridades competentes. C) El transporte, manejo y almacenamiento en instalaciones propias o en aquellas respecto de las cuales tenga derecho a utilizar por cualquier título, de productos químicos para uso industrial, previa obtención de los permisos y autorizaciones que para tal efecto le otorgue a la Sociedad la Secretaria de Comunicaciones y Transportes y/ o el Gobierno Federal o Local correspondiente, a través de las distintas dependencias que lo conforman.…